Obligaciones del Estado con personas y grupos de especial protección
La obligación del Estado es proteger a las personas y grupos, especialmente a los grupos en situación de vulnerabilidad, frente a los impactos negativos de las actividades empresariales sobre los derechos humanos. Para ello, el Estado debe adoptar medidas apropiadas para prevenir, investigar, sancionar y remediar abusos en esta materia.
De igual forma, los gobiernos deben garantizar mecanismos judiciales, administrativos y/o legislativos que permitan la reparación efectiva de quienes sufran tales abusos. Además, el Estado debe promover la debida diligencia en materia de derechos humanos, proceso de identificación, prevención y mitigación los riesgos de abusos a los derechos humanos en el marco de las actividades empresariales.
Debida diligencia en derechos humanos
El Estado es el principal actor obligado a respetar, promover y proteger los derechos humanos. A su vez, las empresas, como parte activa de nuestra sociedad, tienen una especial responsabilidad en este ámbito.
En este sentido, el Estado, como actor económico, debe actuar y liderar con el ejemplo e integrar la debida diligencia en derechos humanos en ámbitos como sus compras públicas y en la actuación de las empresas estatales, ya que no debe verse implicado en abusos a través de sus proveedores o empresas estatales, y debe exigir a las empresas prevenir y mitigar los impactos negativos sobre las personas.
A su vez, el Estado debe promover la instalación de capacidades en materia de debida diligencia en derechos humanos en las empresas, debido a que estas, independientemente de su tamaño o sector, tienen la responsabilidad de respetar los derechos humanos. Por ello, es necesario fortalecer sus capacidades técnicas e institucionales, promoviendo que comprendan y apliquen procesos de debida diligencia acordes a su contexto.